La atención sanitaria gratuita y de calidad es un derecho en sí misma, pero además lleva asociados otros derechos para el paciente, como la información, la intimidad o un tiempo de espera máximo. Nuestra Constitución Española establece en su art. 43 el derecho a la protección de la salud y la competencia a los poderes públicos para tutelar y organizar una salud pública y de calidad.
Estos son algunos de tus principales derechos en la asistencia sanitaria:
Atención sanitaria universal, gratuita y de calidad
Son titulares del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria todos los españoles/as y los ciudadanos/as extranjeros que tengan establecida su residencia en el territorio nacional. Hay que tener claro que cualquier persona, tiene derecho a la atención de Urgencia.
Igualdad
Todas las personas tienen derecho a que las actuaciones de salud pública se realicen en condiciones de igualdad sin que pueda producirse discriminación por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, enfermedad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Información sanitaria: tiene derecho a acceder a sus datos para consultar una segunda opinión
Las personas usuarias del sistema sanitario público deberán conocer sus derechos y deberes. La información clínica forma parte de todas las actuaciones asistenciales, y será verdadera, se comunicará al/a la paciente de forma comprensible y adecuada a sus necesidades y le ayudará a tomar decisiones de acuerdo con su propia y libre voluntad.
Intimidad, confidencialidad y respeto de la dignidad
Todas las personas tienen derecho al respeto de su dignidad e intimidad personal y familiar en relación con su participación en actuaciones de salud pública. El/la paciente debe dar su consentimiento libre y voluntario a cualquier actuación sobre su salud una vez recibida la debida información previa
Tiempo de espera de menos de 6 meses para determinadas intervenciones: como cirugías cardíacas (valvular y coronaria), cataratas y prótesis de cadera y rodilla.
Acceso a medicamentos y productos sanitarios necesarios
Toda persona tiene derecho a obtener los medicamentos y productos sanitarios que se consideren necesarios para promover, conservar o restablecer su salud.
Se puede reclamar
Las hojas de reclamación se solicitarán en el centro de salud donde haya ocurrido la incidencia y se presentarán cumplimentadas en la Dirección General competente de cada Comunidad Autónoma. En uno u otro caso deberá recibir respuesta por escrito en los plazos que reglamentariamente se establezcan